Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Neuquén
Tema General    Fecha de publicación: 03/06/2009
Piden que se permita inscribir a personas solas en el Registro de Postulantes a Viviendas Sociales
La Defensoría del Pueblo recomendó a las autoridades provinciales y municipales que eliminen el requisito de tener grupo familiar conviviente para acceder a los registros de postulantes a viviendas sociales. Solicitó además que en los planes habitacionales se asigne un cupo para las personas solas.

El texto dirigido al gobernador Jorge Sapag y al intendente Martín Farizano se fundamenta en que la exigencia vulnera el derecho humano a una vivienda adecuada, de raigambre constitucional, y es discriminatorio para un importante número de personas.

            La Resolución 366/09 responde a un importante número de presentaciones recibidas en la Defensoría del Pueblo, correspondientes a personas pertenecientes a grupos vulnerables de la sociedad que no pueden aspirar a solucionar su problema de vivienda porque carecen de grupo familiar conviviente.

            Entre el conjunto de normas jurídicas que reconocen el derecho universal a la vivienda, se recordó que “tanto las personas como las familias tienen derecho a una vivienda adecuada, independientemente de la edad, la situación económica, la afiliación de grupo o de otra índole y la posición social. En particular, el disfrute de este derecho no debe estar sujeto a ninguna forma de discriminación”.

            En referencia a las normas que establecen el requisito cuestionado, se señaló que “toda actividad administrativa debe encontrar siempre su sustento en normas jurídicas”. La Defensoría del Pueblo reconoce que existen familias en un grado extremo de vulnerabilidad y que el Estado debe establecer prioridades para protegerlas, pero ello “no puede ir nunca en desmedro de aquellos que se encuentran en situación familiar o personal distinta, aunque con igual necesidad de tener una vivienda”.

 

 

 


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