Como se informó, el viernes pasado tres organizaciones de consumidores acompañaron a esta Defensoría del Pueblo para lograr que la medida alcance a todos los vecinos y no solamente a quienes se presentan en forma individual.
La suspensión de los aumentos para las mencionadas localidades, significa que Camuzzi Gas del Sur deberá aceptar el pago de la factura del servicio excluyendo el Cargo Dec. 2067/2008 y abstenerse de cortar el suministro por la falta de pago de los importes correspondientes a ese Cargo.
En los próximos días se indicará a los usuarios cómo deben proceder para pagar las facturas sin el cargo por Fondo Fiduciario
La acción cuestiona por inconstitucionales tres normas: el Decreto 2067/2008 del Poder Ejecutivo Nacional; la Resolución 1451/2008 del ministerio de Planificación y la Resolución 563/2008 del ENARGAS. Estos instrumentos –se señaló- derivaron en un aumento “desproporcionado e irrazonable” de las facturas.
Considera que el aumento es “desproporcionado e irrazonable”, puesto que en la mayoría de los casos supera el costo de la propia tarifa del servicio y advierte que “es confiscatorio de la propiedad de los usuarios y consumidores”.
USUARIOS DEL RESTO DE LA PROVINCIA
Para el resto de la provincia, se aguarda el pronunciamiento del juzgado federal de Zapala sobre la acción presentada el lunes pasado, que de ser favorable extendería el beneficio a todos los usuarios de la provincia de Neuquén. Ese juzgado ya aceptó la acción de amparo interpuesta por el intendente Edgardo Sapag, pero sólo tiene alcance a los vecinos de esa localidad.