Reiteró asimismo que la Legislatura provincial es el ámbito facultado para proteger los derechos de los usuarios reconocidos en la normativa constitucional.
En un escrito de 40 páginas -Resolución 386/2010- esta Defensoría del Pueblo desplegó los argumentos que ponen en cuestión un acto administrativo que podría carecer de validez jurídica y que en un lapso inferior a los 15 días mereció 186 reclamos de los usuarios en esta institución.
Entre otros aspectos, se señaló que la concesión original a Caminos del Comahue extinguía con el vencimiento del contrato, en 2011, y no contemplaba prórroga alguna. Con el vencimiento del contrato, las obras y las áreas de servicio debían ser restituidas al dominio público. En estas condiciones, el traspaso de la concesión de Caminos del Comahue a la nueva empresa hasta el 2025 no sería viable.
Al convalidar la cesión mediante el decreto 953/2010, la administración provincial estaría violando la ley 1820 –que regula las concesiones-, el pliego de condiciones de la licitación y el contrato de 1993.
La Defensoría entiende que la prórroga de la concesión es en realidad un nuevo contrato, en tanto modifica cuestiones sustanciales, como son los plazos, la modalidad de la concesión y la tarifa.
Respecto de las tarifas, se sostiene que el aumento del 260 por ciento es confiscatorio, ya que no se demostraron mayores costos ni una variación de la situación económica financiera del contrato. El único fundamento es el traslado a los usuarios de la deuda de Caminos del Comahue, producto del crédito otorgado por el Estado provincial a través del IADEP para construir las obras, que la empresa no devolvió. Tampoco se convocó a audiencia pública para establecer las nuevas tarifas, como marca la legislación vigente.
Otra observación es el carácter discriminatorio del nuevo cuadro tarifario, por cuanto la diferencia entre lo que pagarán los vecinos de Centenario y Vista Alegre (0,50 pesos para la tarifa básica) y el resto de los usuarios (1,80 pesos), entre los que se incluyen Neuquén, Cinco Saltos y el resto de la región, viola el principio de igualdad ante la ley.
Acción sumarísima de consumo presentada el lunes 2 de agosto de 2010 ante los Tribunales Ordinarios de Neuquén. Adhirieron a la presentación las Defensorías del Pueblo de Neuquén y del Vecino de Centenario; la Asamblea de Vecinos Autoconvocados; diputados y concejales de diversos partidos políticos; el Grupo Moreno; y vecinas y vecinos de las ciudades de Neuquén y Centenario.
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