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La Jueza Federal, Margarita Gudiño de Argüelles, dio curso favorable a la medida cautelar interpuesta el viernes por la Defensora del Pueblo, Blanca Tirachini, ordenando al Banco de la Provincia del Neuquén la libre disponibilidad de los haberes remuneratorios de los ciudadanos residentes en esta capital, depositados en las cajas de ahorro de la entidad. El pronunciamiento judicial tiene alcance a los agentes municipales activos y pasivos, los trabajadores de la Administración Pública Provincial y aquellos del sector privado que cobran sus haberes en la entidad crediticia provincial.
El escrito de la magistrada agrega en la parte resolutiva que la disposición deberá cumplirse “bajo apercibimiento de desobediencia a una orden judicial” y hasta tanto resuelva sobre la cuestión de fondo, esto es, la inconstitucionalidad de los decretos 1570 y 1606/01, dictados por el gobierno nacional.
Hoy a las 14, Tirachini entregó el oficio librado por Argüelles al Gerente General del banco provincial, José Oser, quien lo recibió en nombre del presidente de la institución, Luis Manganaro.
Como se informó, la Defensora del Pueblo interpuso el viernes una acción de amparo contra el Estado Nacional, pidiendo a la Justicia Federal que autorice la libre disponibilidad de los salarios, jubilaciones y pensiones acreditados en las cajas de ahorro de los bancos. El escrito, que plantea la inconstitucionalidad de los Decretos 1570 y 1606 del Ejecutivo Nacional, tiene alcance a los empleados municipales, cuyos haberes son depositados en el Banco de la Provincia de Neuquén. Tirachini puede intervenir en “la defensa y protección de los derechos, garantías e intereses concretos, difusos y colectivos, de los individuos y la comunidad” (CN, Art.43º) en la jurisdicción capitalina, legitimación que le fue reconocida recientemente en la demanda entablada contra el Estado Nacional por el mantenimiento de la tarifa patagónica de gas.
La presentación se realizó tras múltiples reclamos realizados en la Defensoría del Pueblo por personas que se vieron seriamente afectadas por las medidas económicas dispuestas por el Ejecutivo Nacional. El escrito presentado solicita, en cuanto al fondo de la cuestión, que se declare la inconstitucionalidad de los decretos que dispusieron, en primer término, acotar los retiros de fondos a 250 pesos semanales (1570/01) y luego lo extendieron a 1.000 pesos mensuales en una sola extracción (1606/01). Se argumenta al respecto que los salarios “son de naturaleza remunerativa y alimentaria”, según principios consagrados por la Constitución Nacional y los pactos internacionales concordantes (Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y Declaración Universal de los Derechos Humanos, entre otros). Asimismo, los decretos cuestionados son violatorios del derecho a la propiedad y de los derechos de consumidores y usuarios (Arts.17º y 49º, CN), y de la ley nacional 25.466, que garantiza la intangibilidad de los depósitos bancarios. |